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06-28-2024 / Lic. William A. Chinchilla Sánchez

Modificación a la Resolución SGF-3419-2019: Fortaleciendo la Prevención de LC/FT/FPADM

La Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) ha introducido modificaciones significativas a la Resolución SGF-3419-2019 mediante la Resolución SGF-1558-2024, publicada en “La Gaceta Nº 117 — Jueves 27 de junio del 2024” con el objetivo de fortalecer los lineamientos para la prevención de la legitimación de capitales (LC), financiamiento del terrorismo (FT) y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM).

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Modificación a la Resolución SGF-3419-2019: Fortaleciendo la Prevención de LC/FT/FPADM

La Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) ha introducido modificaciones significativas a la Resolución SGF-3419-2019 mediante la Resolución SGF-1558-2024, publicada en “La Gaceta Nº 117 — Jueves 27 de junio del 2024” con el objetivo de fortalecer los lineamientos para la prevención de la legitimación de capitales (LC), financiamiento del terrorismo (FT) y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM).
Esta modificación, que entró en vigor el 24 de mayo de 2024, presenta varias innovaciones clave que buscan mejorar la eficacia y efectividad de los controles implementados por los sujetos obligados bajo la Ley 7786.
Elementos Clave de la Modificación
1. Sistema de Auditorías Externas (SAES) Uno de los aspectos más destacados de esta modificación es la implementación del Sistema de Auditorías Externas (SAES). Este sistema tecnológico ha sido diseñado para facilitar a los sujetos obligados y auditores externos la elaboración y presentación de informes de auditoría. El SAES no solo orienta a los auditores en el proceso de preparación de los informes, sino que también establece plazos claros para su remisión y revisión, proporcionando así una mayor seguridad jurídica a los supervisados.
Aspectos positivos:
Estandarización y Claridad:
El SAES proporciona una guía clara sobre el tipo de informe requerido, asegurando que los auditores externos sigan un formato estandarizado.
Ampliación de Plazos: Se han ampliado los plazos para la remisión de informes, alineándolos con los plazos de otros supervisados, lo que reduce la carga operativa y permite una mejor planificación.
Seguridad Jurídica: Al establecer plazos definidos para el estudio de los informes, se brinda certeza a los sujetos obligados sobre el tiempo de respuesta de la Superintendencia.
2. Enfoque Basado en Riesgos
La modificación también refuerza la adopción de un enfoque basado en riesgos, alejándose de formas prescriptivas y centrándose en principios que proporcionen orientación sobre las expectativas del supervisor. Esto se refleja en la actualización del numeral 31.2 relativo al alcance del Informe de Auditorías Externas, asegurando que la auditoría externa incluya pruebas específicas sobre la eficacia y efectividad de las políticas, procedimientos y controles implementados.
Aspectos positivos:
Flexibilidad y Adaptabilidad:
Un enfoque basado en riesgos permite a los sujetos obligados adaptar sus controles según la naturaleza y magnitud de los riesgos específicos que enfrentan, promoviendo una gestión más efectiva y eficiente.
Mejora Continua: La evaluación continua del modelo de clasificación y la posibilidad de modificar la clasificación del sujeto obligado en función de debilidades detectadas fomenta una mejora constante en la gestión de riesgos.
3. Evaluación Costo-Beneficio
Siguiendo las disposiciones de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, la SUGEF ha llevado a cabo una evaluación costo-beneficio de la nueva regulación. Esta evaluación ha determinado que la modificación no introduce nuevos trámites, requisitos o procedimientos que deban cumplir los administrados ante la Administración Central, lo que simplifica la implementación de las nuevas disposiciones.
Aspectos positivos:
Eficiencia Regulatoria:
La evaluación costo-beneficio asegura que las nuevas regulaciones sean prácticas y no impongan cargas adicionales innecesarias a los sujetos obligados.
Transparencia y Participación: La consulta previa a la modificación, con 31 observaciones recibidas y valoradas, refleja un compromiso con la transparencia y la inclusión de diversas perspectivas en el proceso regulatorio.
Conclusión La Resolución SGF-1558-2024 representa un paso significativo hacia la modernización y mejora de los mecanismos de prevención de LC/FT/FPADM en Costa Rica.
Con la implementación del SAES, el enfoque basado en riesgos y la evaluación costo-beneficio, la SUGEF no solo refuerza la eficiencia y efectividad de sus lineamientos, sino que también promueve una cultura de mejora continua y cumplimiento robusto entre los sujetos obligados.
Estas modificaciones, al proporcionar claridad, flexibilidad y seguridad jurídica, fortalecen la capacidad de las entidades supervisadas para gestionar y mitigar los riesgos de manera proactiva y efectiva.
Estas modificaciones rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, que ha sido realizada en la la Gaceta Nº 117 — Jueves 27 de junio del 2024

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